Quema de restos agrícolas
El proximo16 de octubre podrán realizarse los usos del fuego previstos en el anexo I, sin necesidad de tramitar nueva comunicación, en todos aquellos recintos para los que ésta se haya tramitado en alguna ocasión durante las últimas seis anualidades. Se recuerda no obstante la necesidad de comprobar que el Indice de riesgo por uso del fuego es verde antes de comenzar la quema.
Para el Anexo II servirá la autorización que se haya solicitados en los dos últimos años.